La integración como estrategia para la inclusión.
Inclusión como política. Integración de estudiantes con
discapacidad como estrategia para la inclusión.
Abordaremos los conceptos de integración e inclusión. Se analizarán las implicancias de las diferentes definiciones que se han dado sobre ambos términos. Luego, en el marco de las normativas nacionales, analizaremos la inclusión educativa como política pública y la integración como una(entre otras) estrategia para alcanzar el objetivo de la inclusión.
El principio de inclusión educativa en las
normativas nacionales
Entre los fines y objetivos de la política pública nacional mencionados en la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 se encuentra:
e) Garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales y de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores más desfavorecidos de la sociedad (art. 11, inc. e).
Es decir, el principio de inclusión educativa es responsabilidad de todo el sistema educativo (en todas sus modalidades y niveles). Es un concepto organizador básico desde el cual pensar todas y cada una de las prácticas educativas. La inclusión, en términos generales y para todos los estudiantes, implica garantizar:
1. el acceso a una educación obligatoria y gratuita;
2. el derecho a una educación de calidad; Especialización docente de nivel superior en educación y TIC
3. la igualdad, la inclusión y la no discriminación.
Por su parte, a partir del mismo principio referido, la ley establece la función específica de la Modalidad de Educación Especial es:
Artículo 42.- La Educación Especial es la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. La Educación Especial se rige por el principio de inclusión educativa, de acuerdo con el inciso n) del artículo 11 de esta ley. La
Educación Especial brinda atención educativa en todas aquellas problemáticas específicas que no puedan ser abordadas por la educación común. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, garantizará la integración de los/as alumnos/as con discapacidades en todos los niveles y modalidades según las posibilidades de cada persona.
Asegurar este derecho no implica crear un sistema paralelo para las personas con discapacidad. Tampoco implica que la Educación Especial sea la única “responsable” de garantizar la trayectoria educativa de dichos alumnos. La planificación y construcción de configuraciones de apoyo para el acceso al currículum debe hacerse entre todas las instituciones implicadas en el trabajo.